Una decisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV) acaba de modificar una práctica que en los últimos meses había comenzado a extenderse entre empresas que utilizan cuentas comitentes para administrar parte de su flujo de fondos.
A través de la Resolución General 1166, el organismo estableció que la transferencia será la única modalidad habilitada para la recepción y entrega de fondos entre los agentes registrados en la CNV y sus clientes.
En términos prácticos, ya no será posible utilizar cheques o eCheq para ingresar o retirar fondos de una cuenta comitente. El dinero deberá moverse mediante una transferencia desde o hacia una cuenta bancaria a la vista de titularidad o cotitularidad del cliente, o una CVU vinculada a su CUIT.
El cambio puede parecer técnico, pero tiene consecuencias concretas para numerosas empresas y, particularmente, para pymes que habían encontrado en la utilización de eCheq una forma más eficiente de manejar su tesorería.

Qué operatoria se termina
Para entender el impacto hay que retroceder algunos meses. En mayo, la CNV había flexibilizado la utilización de cheques electrónicos en el mercado de capitales y eliminado las restricciones sobre la cantidad de endosos de los eCheq, siempre que pudiera garantizarse la trazabilidad de las operaciones.
La medida amplió las posibilidades de utilización de estos instrumentos. Una empresa podía recibir un eCheq, canalizarlo a través de su agente de liquidación y compensación (ALyC) y utilizar luego esos fondos para realizar otros pagos sin necesidad de que cada movimiento atravesara nuevamente sus cuentas bancarias.
Para las tesorerías empresarias existía una ventaja adicional: determinados movimientos podían realizarse sin generar los débitos y créditos bancarios sobre los que se aplica el impuesto correspondiente.
La alícuota general del denominado “impuesto al cheque” es del 0,6% sobre los débitos y otro 0,6% sobre los créditos bancarios, aunque su impacto efectivo depende de la situación tributaria de cada empresa, las exenciones existentes y la posibilidad de computar parte del gravamen como pago a cuenta de otros impuestos. En compañías con movimientos mensuales elevados, aun una reducción parcial de esa incidencia puede representar montos significativos.
De la flexibilización a la marcha atrás
La nueva decisión implica, en los hechos, una marcha atrás respecto de aquella flexibilización. La explicación oficial de la CNV es que la transferencia como único mecanismo permitirá asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos, evitar eventuales rechazos asociados a los cheques y fortalecer los mecanismos de control, trazabilidad y prevención de operaciones irregulares.
Sin embargo, detrás de la modificación aparece también una cuestión fiscal. Según informó el diario LA NACION, la decisión se adoptó luego de que las autoridades detectaran que la utilización de eCheq y sus sucesivos endosos estaba reduciendo la recaudación del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios. El diario señaló que la recaudación real del tributo había caído interanualmente alrededor de 11% en junio, 6,3% en julio y 9% en agosto.
La propia resolución de la CNV utiliza una expresión llamativa al justificar el cambio: señala que busca prevenir posibles “conductas disvaliosas” surgidas a partir de las modificaciones introducidas anteriormente. No habla de evasión ni de ilegalidad. La distinción es importante: utilizar una operatoria habilitada por la regulación para reducir legalmente el costo tributario no implica, por sí mismo, evadir impuestos.
Lo que ocurrió es que una flexibilización destinada originalmente a facilitar la circulación de los eCheq terminó generando una alternativa para la administración de fondos empresarios que reducía el paso de esos recursos por cuentas bancarias.
Qué cambia ahora para una pyme
Una empresa que utilizaba esta modalidad deberá revisar su circuito de tesorería. Con la nueva regulación, el ingreso y la salida de fondos de una cuenta comitente deberán realizarse exclusivamente mediante transferencias. Eso significa que el dinero vuelve necesariamente al circuito bancario o de cuentas virtuales identificadas previsto por la CNV y, cuando corresponda, queda alcanzado por el régimen del impuesto a los débitos y créditos.
La resolución no elimina, sin embargo, los eCheq ni impide que una pyme siga utilizándolos como instrumento de pago o financiamiento. Tampoco afecta la negociación de cheques de pago diferido en el mercado de capitales, una herramienta ampliamente utilizada por pequeñas y medianas empresas para anticipar fondos.
Lo que desaparece es una posibilidad mucho más específica: utilizar cheques o eCheq para la recepción o entrega de fondos entre una ALyC y sus clientes.
Para las empresas que habían incorporado ese mecanismo a su administración cotidiana, la diferencia no es menor. Deberán recalcular el costo financiero y tributario de sus movimientos y adaptar procedimientos que, hasta ahora, estaban expresamente contemplados por la regulación.
En apenas unos meses, una herramienta que había sido flexibilizada para darle mayor liquidez al sistema terminó generando efectos que el propio Gobierno decidió corregir. Para muchas pymes, el resultado será simple y tangible: mover dinero hacia o desde el mercado de capitales volverá a requerir necesariamente una transferencia.